Bufete Escura les informa mediante la presente de una serie de modificaciones que se han producido en los modelos 171, 184, 190, 345 y 347 derivados de la Orden HFP/1106/2017, de 16 de Noviembre, por la que se aprueba el Modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y los plazos de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347.
A continuación desglosaremos las modificaciones introducidas en los siguientes modelos:
Por lo que respecta al Modelo 190 se indica que será obligatoria la presentación telemática, indicando al mismo tiempo un correo electrónico con la persona con quien relacionarse de la sociedad.
Además se suprime el apartado por el que se deberán declarar en el Modelo 190 las becas exentas según lo dispuesto en el artículo7.j de la LIRPF, cuya cuantía sea inferior a 3.000.-Euros anuales, no obstante seguirá existiendo la obligación de declarar-las en el Modelo 347.
En relación a los Modelos 171, 184 y 345 se anticipa el plazo para su presentación al 31 de Enero, debiéndose presentar dichos modelos con efectos 2018.
Finalmente, el plazo de presentación del Modelo 347, será del 1 al 31 de Enero, anticipándose al plazo de presentación anterior, aun así, no será aplicable hasta 2018, es decir se deberá presentar entre el 1 de Enero y el 31 del mismo mes en 2019.
Siendo el límite del plazo de presentación en 2018 el 28 de Febrero, para el Modelo 347.
A través del siguiente link pueden consultar la “Orden HFP/1106/2017, de 16 de Noviembre, por la que se aprueba el Modelo 190 para la declaración del resumen anual de retenciones e ingresos a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas sobre rendimientos del trabajo y de actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta y los plazos de presentación de los modelos 171, 184, 345 y 347.”