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El pasado 11 de diciembre de 2020 la Generalitat de Catalunya publicó en el DOGC el Decreto Ley 50/2020, de 9 de diciembre, de medidas urgentes para estimular la promoción de vivienda con protección oficial y de nuevas modalidades de alojamiento en régimen de alquiler.

El Decreto Ley aclara que en relación a los contratos de arrendamiento de vivienda sujetos al Régimen de Contención de Rentas regulados por la Ley 11/2020 de 18 de septiembre, es nulo el pacto por el que se repercuten a la parte arrendataria los gastos generales y servicios individuales de la vivienda (gastos de comunidad, IBI, etc.) si dicha repercusión no había sido pactada en el contrato de arrendamiento de vivienda anterior, suscrito dentro de los últimos cinco años anteriores a la aplicación de la referida Ley, es decir, antes del 19 de septiembre de 2020.

El DL entra en vigor el 14 de diciembre de 2020.

https://portaldogc.gencat.cat/utilsEADOP/PDF/8292/1826703.pdf

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