iStock_000015020806LargeLa reforma del Código Penal de la L.O. 5/2010 estableció el principio que societas delinquere potest, permitiendo que las personas jurídicas pudieran ser imputadas por ciertos delitos. Con la reciente reforma que ha supuesto la L.O 1/2015, la persona jurídica sólo quedaría exenta de responsabilidad penal si demostrara tener una auténtica cultura de cumplimiento de la legalidad vigente mediante la implantación de un sistema efectivo de Compliance penal, y ello con independencia de que se trate de una gran empresa o de una pyme. Dichos sistemas de Compliance deberán estar adaptados a cada empresa y no ser genéricos.

Como consecuencia, en opinión de algunos profesionales, se invierte la carga de la prueba, y es la persona jurídica quien debe demostrar su intención de cumplimiento.

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LV