Los traslados y cambios de residencia de los padres obligan a ajustar el desarrollo de las estancias con los hijos, especialmente cuando hay muchos kilómetros de distancia entre las localidades donde vive cada uno de ellos y crea, en muchas ocasiones, infinidad de conflictos y un coste elevado.
El Tribunal Supremo establece en sus Sentencias los criterios y principios básicos que deben seguirse en estos supuestos, e incluso ofrece soluciones alternativas para las distintas situaciones.
Dice el Tribunal Supremo que el sistema que se fije debe ajustarse a dos principios generales de ineludible observancia:
- El interés del menor: Es esencial que el sistema no dificulte su relación con cada uno de los progenitores.
- El reparto equitativo: Ambos progenitores deben repartirse los costes de los traslados de forma equilibrada y proporcionada a su capacidad económica, y deben tenerse en cuenta sus circunstancias personales, disponibilidad, flexibilidad del horario laboral, etc.
El tribunal Supremo propone un sistema salomónico: que cada progenitor, cuando le corresponda estar con sus hijos, sea el que se desplace y los recoja en el domicilio del otro progenitor o en el centro escolar, lo que supone una alternancia y equilibrio en los desplazamientos y sus costes.
Un ejemplo de dicho reparto sería: el padre recoge a los hijos en el centro escolar y la madre los recoge en el domicilio paterno cuando concluya el régimen de estancias”. De esta forma, cada progenitor asumiría un traslado.
El tribunal Supremo también recoge como opción la posibilidad de que los menores viajen solos utilizando el servicio de acompañamiento que proporcionan los trenes y las compañías aéreas, repartiendo entre ambos progenitores, en dicho caso, el coste de los traslados.
Sin embargo, como siempre, el Tribunal Supremo recuerda que lo preferible es siempre el mutuo acuerdo entre ambos progenitores, tanto para el reparto de las estancias, como para las entregas, recogidas y costes.