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Con la presente circular queremos recordarles, como ya les informamos en circulares anteriores de marzo, julio y septiembre del presente año, que es obligatorio por parte de las empresas disponer de un registro a efectos del cómputo de la jornada diaria efectiva de todos los trabajadores y entregar un resumen mensual a los representantes legales de los mismos.

En ese sentido, queremos indicarles que, desde la propia Inspección de Trabajo y Seguridad Social se ha iniciado una campaña de control y cumplimiento por parte de las empresas de dicha obligación legal.

A los efectos de prevenirles de posibles sanciones, informarles que ya se ha iniciado la campaña de inspecciones, la cual aumentará su regularidad a partir del 1 de enero de 2017.

De nuevo les adjuntamos link a la anterior circular que informa sobre la Instrucción número 3/2016 publicada por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social sobre la intensificación del control en materia de tiempo de trabajo y de horas extraordinarias.

Link:

https://www.escura.com/blog-escura/registro-de-la-jornada-diaria-de-los-trabajadores-de-la-empresa/