Orden de Módulos para 2023
La Orden HFP/1172/2022, de 29 de noviembre aprueba para el año 2023 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido
La Orden referenciada entrará en vigor el 2 de diciembre del 2022, y podrá ejercitarse la renuncia o revocación a la renuncia al método de estimación objetiva (IRPF) o al régimen especial simplificado del IVA durante el mes de diciembre del 2022.
Básicamente se mantienen para el ejerció 2023 la cuantías de los signos, índices y módulos.
Como principal novedad destacar que se aumenta la reducción general sobre el rendimiento neto de módulos de 5% al 15% para el 2022 y al 10% para el periodo 2023.
En relación con el régimen simplificado del IVA, se mantiene para el 2023 los módulos para la aplicación del régimen especial simplificado.
Recordar que en el Artículo 1. Constan las actividades incluidas en el método de estimación objetiva y en el régimen especial simplificado, y en el artículo 2 las actividades incluidas en el método de estimación objetiva.
Recomendamos como cada año revisar las magnitudes que excluyen la inclusión en estos regímenes. Dichas magnitudes las encontrará en el artículo 3 de la Orden.
Puede consultar el texto integro de la Orden HFP/1172/2022 en el siguiente enlace: Consulta
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