Mediante la presente circular les informamos que deben legalizar los libros oficiales correspondientes al ejercicio 2013 con fecha límite el 30 de abril de 2014.
A continuación les detallamos la documentación necesaria que deberán presentar, ante el Registro Mercantil:
Con carácter obligatorio:
1) INVENTARIO DE CUENTAS:
– Balance de Sumas y Saldos anual o trimestral.
– Cuenta de Pérdidas y Ganancias anual o trimestral.
– Balance de Situación anual o trimestral.
2) DIARIO OFICIAL:
En el diario oficial debe constar la apertura y el cierre, una vez reenumerados todos los asientos.
Con carácter recomendable:
1) FACTURAS EXPEDIDAS (con numeración existente).
2) FACTURAS EMITIDAS (con numeración automática).
Les recordamos que el formato de los documentos mencionados anteriormente podrán ser presentado en formato PDF, Excel o TXT.