Reducciones aplicadas en IRPF por el arrendamiento de inmuebles destinados a vivienda
Desde la entrada en vigor de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, encontramos nuevos incentivos fiscales en la declaración del IRPF para los arrendadores de inmuebles destinados a vivienda:
- Reducción por arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda para los contratos celebrados a partir del 01 de enero de 2024
Se modifica la reducción del 60% establecida hasta el momento por el arrendamiento de inmueble destinado a vivienda habitual, estableciendo las siguientes nuevas reducciones:
Reducción | Requisitos |
90% |
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70% |
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60% |
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50% |
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Dichos requisitos, deben ser cumplidos en el momento que se formaliza el contrato de arrendamiento y la reducción será aplicable durante el período en que se sigan cumpliendo los mismo.
- Reducción por arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda para los contratos celebrados con anterioridad al 26 de mayo de 2023
Estos arrendamientos celebrados antes de la entrada en vigor de la nueva Ley seguirán aplicando en 2024 la reducción del 60% vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
- Reducción por arrendamientos de inmuebles destinados a vivienda para los contratos celebrados entre al 26 de mayo de 2023 y el 31 de diciembre de 2023
Entre las fechas señaladas anteriormente, según lo dispuesto en las disposiciones finales segunda y novena de la Ley por el derecho a la vivienda aplicarán:
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- Durante 2023 la reducción del 60% vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.
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- A partir del 01 de enero de 2024, las reducciones previstas en la nueva Ley, es decir, reducciones del 90%, 70%, 60% o 50%, según proceda en función de las circunstancias señaladas anteriormente.
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