Mediante la presente circular les informamos que deben legalizar los libros oficiales correspondientes al ejercicio 2016 con fecha límite el 30 de abril de 2017.

A continuación les detallamos la documentación necesaria que deberán presentar, ante el Registro Mercantil:

  • Con carácter obligatorio:
  1. INVENTARIO DE CUENTAS:

– Balance de Sumas y Saldos anual o trimestral.

– Cuenta de Pérdidas y Ganancias anual o trimestral.

– Balance de Situación anual o trimestral.

2. DIARIO OFICIAL:

En el diario oficial debe constar la apertura y el cierre, una vez reenumerados todos los asientos.

3. LIBROS SOCIETARIOS:

– Actas de junta y consejo correspondientes al ejercicio 2016 debidamente firmadas.

– Transmisiones de acciones y/o participaciones sociales que se hayan realizado durante el ejercicio 2016.

– Contratos suscritos con el socio único durante el ejercicio 2016 debidamente firmados.

  • Con carácter recomendable:
  1. FACTURAS EXPEDIDAS (con numeración existente).
  2. FACTURAS EMITIDAS (con numeración automática).

Les recordamos que el formato de los documentos mencionados anteriormente podrá ser en PDF, Excel o TXT.

consultar el pdf