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El Consejo de Ministros de fecha 28 de abril del 2020 acordó la adopción de medidas para la desescalada de las medidas extraordinarias frente a la pandemia del COVID-19.

El plan de desaceleración se ha establecido en las siguientes fases:

  1. Fase 0 o de preparación de la desescalada
  2. Fase I o inicial
  3. Fase II o intermedia
  4. Fase III o avanzada
  5. Nueva normalidad

 

Consideramos de general interés la pública difusión del plan del Gobierno, el cual transcribimos seguidamente:

Fase 0 o de preparación de la desescalada

Es la situación a fecha de hoy (28 de abril de 2020) caracterizada por el establecimiento de medidas de alivio comunes para todo el país una vez doblegada la curva de contagios, permitiendo la movilidad fuera del domicilio, fundamentalmente en el ámbito privado, y medidas con un riesgo asociado de contagio muy bajo o nulo, siempre que se cumplan las indicaciones de seguridad, en base a la responsabilidad y autoprotección de los ciudadanos (actividad deportiva individual sin contacto y paseos, atención de huertos familiares, algunas actividades económicas con control de aforo, etc.).Para ello se proyectan medidas como el próximo 2 de mayo permitir salidas y ejercicios individuales de los adultos y se abrirán pequeños resquicios de actividad económica. Por ejemplo, la apertura de locales y establecimientos con cita previa para la atención individual de los clientes como pudiera ser la apertura de restaurantes con servicio de comida para poder llevar a domicilio, sin consumo en el local. Otro ejemplo sería la apertura de entrenamientos individuales, de deportistas profesionales y federados y el entrenamiento básico de ligas profesionales.

A lo largo de esta fase, de la Fase 0, de la fase de preparación hacia esa desescalada, se va a intensificar la preparación de todos los locales públicos con señalización y medidas de protección para preparar el comienzo de la siguiente fase, que es la Fase I.

Durante esta fase se podrán adoptar medidas que afecten exclusivamente a determinados territorios. En particular, islas sin movilidad exterior y con tasas de contagio prácticamente nulas, en consecuencia, la isla de Formentera en las Islas Baleares y las islas La Gomera, El Hierro y La Graciosa en Canarias anticiparán unos días, al cuatro de mayo su desescalada, situándose en la Fase 1.

Fase I o inicial

En función del cumplimiento de los indicadores del cuadro de mandos en los diferentes territorios, se permitirá la apertura parcial de actividades, en particular, actividades económicas como pudieran ser la apertura del pequeño comercio; en restauración, la apertura de terrazas con limitaciones de ocupación al 30%; en hostelería, la apertura de hoteles y alojamientos turísticos excluyendo zonas comunes y con determinadas restricciones; actividades en el ámbito agrario, actividades deportivas profesionales con las medidas de higiene necesarias y los lugares de culto podrán abrir limitando su aforo a un tercio.

Fase II o intermedia

En esta fase se plantea la apertura parcial de actividades que se mantienen restringidas en la fase I. Con limitaciones de aforo, en restauración, se abrirá el espacio interior de los locales con una ocupación de un tercio del aforo y garantías de separación y sólo para servicio de mesas. El curso escolar comenzará en septiembre, ahora bien, en esta Fase II se establecen algunas excepciones para reabrir centros educativos con tres propósitos: las actividades de refuerzo, el garantizar que los niños menores de seis años puedan acudir a los centros en caso de que ambos padres tengan que trabajar presencialmente y la celebración de la EBAU. Asimismo, se prevé la reanudación de la caza y pesca deportiva, la reapertura de los cines, teatros, auditorios y espacios similares con butaca preasignada; las visitas a monumentos y otros equipamientos culturales como salas de exposiciones, salas de conferencias, todo ello con un tercio de su aforo habitual. Se podrán celebrar los actos y espectáculos culturales de menos de 50 personas en lugares cerrados con 1/3 de aforo; y si es al aire libre serán posibles cuando congreguen a menos de 400 personas sentados. Los lugares de culto deberán limitar su aforo al 50% en esta segunda fase.

Fase III o avanzada

En esta fase, la última se flexibiliza la movilidad general, si bien se mantendrá la recomendación del uso de la mascarilla fuera del hogar y en los transportes públicos. En el ámbito comercial, se limitará el aforo al 50% y se fijará una distancia mínima de 2 metros. En la actividad vinculada con la restauración se suavizan algo más las restricciones de aforo y ocupación, si bien se mantienen estrictas condiciones de separación entre el público.

Nueva normalidad

Terminan las restricciones sociales y económicas, pero se mantiene la vigilancia epidemiológica, la capacidad reforzada del sistema sanitario y la autoprotección de la ciudadanía.

Las fechas concretas y la evolución real dependerán del comportamiento y el control de la pandemia, así como de la capacidad para ir superando las diferentes fases, en las condiciones establecidas en el Plan. El tiempo entre cada una de las fases tendrá una duración mínima de dos semanas, que es el periodo medio de incubación del virus.

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