Calendario laboral 2025
El pasado día 15 de octubre de 2024 se publicó la Resolución de 15 de octubre de 2024, de la Dirección General de Trabajo, por la que se publica la relación de fiestas laborales para el año 2025.
Festivos de ámbito Nacional
La Dirección General de Trabajo ha publicado el calendario laboral unificado en el que se recogen todos los festivos nacionales y autonómicos para el próximo año 2025.
Con relación a lo anterior, serán festivos de ámbito nacional y con carácter retribuido y no recuperable, los nueve días siguientes:
- 1 de enero (Año Nuevo)
- 6 de enero (Día de Reyes)
- 18 de abril (Viernes Santo)
- 1 de mayo (Fiesta del Trabajo)
- 15 de agosto (Fiesta de la Asunción)
- 1 de noviembre (Todos los Santos)
- 6 de diciembre (Día de la Constitución Española)
- 8 de diciembre ( Inmaculada Concepción)
- 25 de diciembre (Navidad)
Festivos de ámbito autonómico y local
A estos diez festivos nacionales, se suman dos días festivos adicionales con carácter de Fiesta Autonómica y además se establecen dos días con carácter de fiestas locales que por tradición sean propias en cada municipio, las cuales se publicarán en el boletín oficial de la comunidad autónoma o, en su caso, en el boletín oficial de la provincia correspondiente
En relación a las festividades autonómicas de la Comunidad Autónoma de Cataluña, la Orden EMT/85/2024, de 23 de abril, por la que se establece el calendario oficial de fiestas laborales en Cataluña para el año 2025, dispone que en total habrá 13 festividades, y de estas habrá una, a escoger entre el 6 de enero, el 21 de abril, el 24 de junio y el 26 de diciembre, que tendrá el carácter de recuperable.
Elaboración del calendario laboral
Asimismo, les recordamos que de acuerdo con el artículo 34.6 del Estatuto de los Trabajadores deberá elaborarse anualmente por la empresa el calendario laboral, que deberá contener la jornada de trabajo establecida en convenio, así como los periodos mínimos de descanso diario y semanal previstos y la distribución anual de los días laborales y festivos, debiendo exponerse un ejemplar del mismo en un lugar visible de cada centro de trabajo.
Si quiere visualizar el texto normativo en el que figuran los festivos concretos para cada Comunidad Autónoma, consulte este enlace.
© La presente información es propiedad de Escura, abogados y economistas, quedando prohibida su reproducción sin permiso expreso.