Campaña de Revisión de las ayudas concedidas durante la Covid-19 a los autónomos
La Seguridad Social, a través de las mutuas de trabajo, ha iniciado este mes de septiembre una campaña de revisión de las prestaciones por cese de actividad que concedió a los trabajadores autónomos cuando se decretó el estado de alarma por la Covid-19.
Prestaciones CATA
Las prestaciones por Cese de Actividad a los Trabajadores Autónomos, también denominadas CATA, recogidas en el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo, tenían la finalidad de ayudar a todos aquellos trabajadores autónomos afectados por el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y con la intención de paliar el impacto económico ocasionado.
Tal y como especifica dicho RD en su artículo 17.9 el reconocimiento de dicha prestación se concedía a todos los trabajadores autónomos a través de las mutuas, quienes emitirían resolución provisional, estimando o desestimando el derecho. Finalizado el estado de alarma se procedería a revisar todas las resoluciones provisionales adoptadas.
Revisión de las ayudas concedidas
Pues bien, a partir de este mes de septiembre 2023, y durante los próximos meses, la Seguridad Social ha iniciado ya a través de las mutuas de trabajo, la campaña de revisión de las prestaciones que se concedieron.
Actualmente las mutuas están enviando a todos los trabajadores autónomos que percibieron dichas ayudas notificaciones correspondientes a esta prestación económica mediante al correo electrónico.
Durante el proceso de revisión se comprobarán que en la resolución provisional se ha reconocido la prestación por uno de los supuestos legalmente recogidos, y consultaran si falta algún requisito por justificar. Si se verifica que el beneficiario reúne desde la fecha del hecho causante todos los requisitos para la percepción de la prestación, la resolución definitiva confirmará el derecho a la prestación por cese de actividad.
Devolución de prestaciones
En el caso que durante el proceso de revisión comprobasen que falta algún requisito por justificar se solicitará al trabajador autónomo que justifique su derecho a las prestaciones mediante la aportación de la documentación correspondiente.
En el caso de que se compruebe que el interesado no cumplía los requisitos necesarios, se iniciarán los trámites de reclamación de las cantidades indebidamente percibidas.
Motivos para devolver prestaciones
Serán causa de devolución de las prestaciones percibidas las siguientes casuísticas:
- Incidencias en la documentación aportada,
- Incidencias en los importes abonados por ser estos superiores a los legalmente estipulados
- Incumplimiento en los requisitos legalmente establecidos para tener derecho a la prestación por COVID19, como son.
- No acreditar una reducción de la facturación en un 75%.
- No acreditar haber suspendido la actividad
- Mantener una deuda con la Seguridad Social el momento de solicitar la prestación y, en la actualidad, subsiste.
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