Bufete Escura les informa mediante el presente flash informativo que en materia de operaciones vinculadas la Administración Tributaria no podrá aplicar comparables secretos.
Se entiende que la Administración Tributaria realiza la utilización de comparables secretos cuando la Agencia Tributaria al poseer información de actuaciones inspectoras de otros contribuyentes, la utiliza para basar la determinación de precios de transferencia del contribuyente que analiza en base a estos datos de otros contribuyentes.
Los comentarios y las Directrices de Precios de Transferencia de la OCDE apuntan que por una parte, la Administración Tributaria estaría rompiendo la confidencialidad de los datos y por otra parte, estaría afectando a la equidad y transparencia ya que el contribuyente no posee los datos para contrastar el procedimiento seguido en el proceso inspector.
En el caso de que la Administración Tributaria utilizara comparables secretos, podríamos reclamar la nulidad de la liquidación y de la sanción en materia de precios de transferencia.
Se adjunta link de la Resolución NUM. 2296/2012 del Tribunal Económico Administrativo Central: