La compraventa de una oficina de farmacia es una de las inversiones más importantes que un licenciado en Farmacia puede plantearse a la hora de buscar una salida profesional a su carrera.
Por ello, y dada su transcendencia económica resulta fundamental disponer del adecuado asesoramiento profesional y saber que lo que está comprando se ajusta a los parámetros de mercado, resultando indispensable el conocimiento de una serie de cuestiones básicas a tener en cuenta a la hora de entrar en el proceso negociador de la adquisición de la farmacia, tales como:
– Coeficiente multiplicador aplicable a la facturación de la farmacia.
– El local donde se halla ubicada la farmacia:
- Si es de propiedad del vendedor se recomienda su compra. Sin duda ésta sería la opción deseable.
- Si es de un tercero, tratándose de una farmacia, el contrato de alquiler precisa que contenga una serie de cláusulas específicas propias de la actividad que se va a desarrollar en ella.
– Facturación de la farmacia: se recomienda tener acceso a la facturación de los últimos tres años a través de los siguientes documentos económicos que nos ha de facilitar el vendedor:
- Facturación del SOE según los datos de que dispone el COFB.
- Declaración del IRPF.
- Modelo 347.
De esta facturación hay que excluir el servicio farmacéutico prestado a residencias geriátricas.
– El personal de la farmacia (si tiene). Este es un elemento muy importante a la hora de negociar el precio final de la farmacia ya que éste dependerá de si estamos interesados o no en quedarnos con dicho personal, en cuyo caso, habrá que negociar el tema de las indemnizaciones.
– Si dentro del personal de la farmacia hay farmacéuticos con derecho de adquisición preferente para adquirir la farmacia en caso de venta un tercero, tales como los regentes, substitutos y adjuntos.
– Horario de la farmacia.
– Inventario o El cálculo de las existencias y específicos requiere de la realización de un inventario que debe efectuarse el día anterior al otorgamiento de la escritura pública de compraventa de la farmacia, aplicando el valor del precio de coste, o en su defecto el PVP con una reducción del 30%. Las referidas existencias no podrán incluir medicamentos ni ningún otro producto sanitario cuya caducidad sea inferior a seis meses desde la fecha del inventario. Su importe será satisfecho por la compradora a la vendedora el día de la compraventa ante Notario.
Este inventario podrá realizarse de común acuerdo entre ambas partes o bien por una empresa exterior.
– Finalmente, los trámites administrativos a seguir ante el Colegio de Farmacéuticos de la provincia que corresponda y ante la Consejería de Salud.
Resulta evidente la necesaria intervención de los profesionales adecuados para gestionar una operación de compraventa de farmacia. En BUFETE ESCURA disponemos de tales profesionales, marcando claramente la diferencia a través de un asesoramiento integral (jurídico, fiscal y laboral) que garantizaría sin duda el éxito de la operación.