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La Dirección General de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, dictó, el pasado 8 de abril, el Criterio Técnico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social número 95/2015 en materia de contratación temporal.

El mencionado criterio técnico de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, detalla los aspectos esenciales y características de los distintos contratos de trabajo temporales, como los contratos de obra o servicio determinado, los contratos por circunstancias de la producción, los contratos de interinidad, los contratos de relevo y los contratos eventuales del primer empleo.

Del mismo modo, el criterio técnico emitido por la Inspección de Trabajo, explica las reglas comunes de los contratos temporales, las transformaciones de los contratos temporales a indefinidos así como las irregularidades administrativas más frecuentes.

En el siguiente enlace, encontraran el criterio técnico de la Inspección de Trabajo que consideramos de gran interés para todas las personas relacionadas con la gestión de los recursos humanos:

http://www.empleo.gob.es/itss/ITSS/ITSS_Descargas/Atencion_ciudadano/Criterios_tecnicos/CT_95_Anexos.pdf