Validez legal del Impuesto a las Grandes Fortunas

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El Tribunal Constitucional avala la validez legal del Impuesto a las Grandes Fortunas (IGF)

El pasado 7 de noviembre, mediante la publicación de una nota de presa, el Tribunal Constitucional se pronunció favorable a la validez y tramitación de dicho tributo, estableciendo que el nuevo tributo no es confiscatorio ni invade competencias de las Comunidades Autónomas. Hubo 7 votos favorables a la misma y 4 votos particulares de magistrados que sí se pronunciaron contra el IGF.

Adjuntamos la nota de prensa: Consultar

Desde ESCURA ya hemos informado ampliamente de dicho impuesto. En relación con la naturaleza y objeto del impuesto, ámbito territorial, hecho imponible, bienes y derechos exentos, sujetos pasivos, base imponible, devengo, cuota y otros aspectos del impuesto, los pueden consultar en nuestra circular 118/2022 la cual encontrarán en el siguiente enlace: Consulta

Recomendamos a todos los clientes que estén sujetos a dicho impuesto, que antes del cierre del año, nos consulten para la planificación que deba realizar en relación con el Impuesto de Grandes Fortunas.

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