Invertir en España

Escura despacho especializado en Inversiones en España

Escura fundado en 1905, es un despacho especializado en dar soporte a inversores internacionales en España.

Estamos reconocidos por las principales guías de referencia y nuestros procesos certificados por procesos de calidad ISO.

Escura forma parte de grandes agrupaciones internacionales, lo que nos permite coordinar nuestras acciones a nivel global, siendo socios de TAG LAW y  TIAG.

Nuestras redes y nuestro despacho están reconocidos entre otros por Legal 500, TAG LAW, Chambers, AccountancyAge.

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  • Economía dinámica y prospera
  • Centro internacional de decisión empresarial
  • Capital humano altamente cualificado, diverso y abierto
  • Excelente localización geoestratégica
  • Centro líder de desarrollo especifico y tecnológico
  • Proveedor de servicios de excelencia y sólido sector industrial
  • Calidad de vida única
  • Sistema tributario adaptable a inversores

invertir en españa

  • Constitución de sociedad española
  • Inversión por persona física individual
  • Establecimiento de sucursal
  • Establecimiento permanente
  • Cooperación empresarial
  • Inversiones en adquisiciones y acciones
  • Acuerdos de distribución/agencia

Los inversores extranjeros pueden constituir libremente sociedades españolas, bien con el formato sociedad anónima (SA) o bien con el formato de sociedad limitada (SL).

Puede consultar las características en nuestra guía «Invest in Spain» Consulta.

Las personas físicas, pueden darse de alta como empresarios en España, desarrollando su actividad de manera directa, cumpliendo determinados requisitos.

Puede consultar las características en nuestra guía «Invest in Spain» Consulta.

Las sociedades extranjeras pueden constituir sucursales en España.

Las sucursales no tienen persona jurídica propia y estan vinculadas directamente con la sociedad matriz del inversor.

no se exije ningún capital minimo para la constitución de una sucursal.

El inversor debe asignar un representante con residencia fiscal en España.

Como principales requisitos para la constitucion de una sucursal:

  • Obtención del certificado de denominación (certificación negativa de denominación)
  • Obtención del numero de identificación fiscal (NIF)
  • Nombramiento de representante de la sociedad matriz
  • Acta de manifestaciones del titular real de la inversión
  • Escritura publica de la constitución de la sucursal ante notario español.
  • Inscripción en el registro mercantil
  • Altas ante la hacienda pública, seguridad social, ayuntamiento, y administraciones dependiendo de la actividad a desarrollar por la sucursal.

Los establecimientos permanentes son entidades sin persona jurídica propia, constituidas ante la administración fiscal española.

Pueden realizar operaciones económicas de forma continuada o habitual, en nombre y por cuenta del no residente.

El establecimiento permanente se constituye a los efectos de grabar la actividad donde realmente se realiza. Carece de órgano de administración. No requiere de documento alguno formal, si bien es recomendable.

No requiere inscripción en el registro mercantil. Y requiere de un domicilio y representante en España.

Las sociedades extranjeras pueden realizar cooperaciones con sociedades españolas o entidades como: Uniones Temporales de Empresas (UTE) Agrupaciones de Interés Economico (AIE)

Igualmente se pueden establecer participaciones con sociedades españolas mediante diversas formulas, siendo las más comunes:

  • Prestamos participativos
  • Contratos de cuenta de participación
  • Joint Ventures con sociedades españolas

Las sociedades extranjeras pueden invertir en sociedades españolas, tomando un porcentaje o la totalidad de su capital.

Puede consultar las características en nuestra guía «Invest in Spain» Consulta.

La inversión extranjera en España puede no canalizarse a través de una sociedad, o una filial o cualquier otra formula expuesta anteriormente. Las inversiones también se canalizan a través de distribuidores o agentes.

España es un país libre para la inversion en inmuebles, si bien se requiere una determinada especialidad por las características propias de la inversión.

Es requisito imprescindible la intervención de un notario (también puede formalizarse ante un cónsul en el extranjero)

Se requiere entre otros requisitos:

  • Poderes del comprador en el caso de tratarse de una sociedad, debidamente legalizados
  • Obtención del numero de identificación fiscal por parte del inversor
  • Declarar el titular real de la inversión
  • Acreditación del medio de pago
  • Liquidación de los impuestos propios de una compra inmobiliaria
  • Inscripción en el registro en la propiedad

Las inversiones inmobiliarias, requieren de un soporte específico en la revisión y análisis del inmueble.

Desde Escura podemos darte soporte entre otros en los siguientes temas:

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Puedes acceder a la guía sobre inversores en España

Consultar guía «Invest in Spain»

¿Deseas invertir en España? En Escura nos ponemos a su disposición para apoyarte y darte soporte en tus inversiones en España. Puedes contactar con nuestros profesionales a través de escura, o llamando al 91 417 02 26

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