La nueva Ley de comercio, servicios y ferias aprobada por el Parlament el 1 de agosto de 2017 prevé entre otras novedades que los establecimientos comerciales en Cataluña podrán abrir un máximo de 75 horas semanales, debiendo cerrar entre las 21.00h. y las 6.00h. de octubre a mayo, y entre las 22.00h. y las 7.00h. de junio a septiembre. Los domingos y festivos de apertura permitida continuarán siendo diez anuales, de los cuales dos serán fijados por los ayuntamientos.
Además, se liberaliza la fijación de los periodos de rebajas, si bien se recomiendan en verano e invierno.
Por último, como otro punto a destacar, estaría la posibilidad de delimitar un área de degustación en los comercios dedicados a la venta de productos de alimentación, con un límite del 33% sobre el espacio total.
A título comparativo con la ley anterior:
LEY 3/2014, 19 FEBRERO DE HORARIOS COMERCIALES | LEY 18/2017, DE 1 DE AGOSTO, DE COMERCIO, SERVICIOS Y FERIAS |
72 horas semanales de lunes a sábado | Art.36.- Máximo de 75 horas semanales de lunes a sábado:
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10 festivos de apertura permitida: dos fijados por la Generalitat y 2 por los ayuntamientos | Art.36.- 10 domingos y festivos de apertura permitida: dos fijados por los ayuntamientos |
Periodo de rebajas fijado por la ley | Art.20.- Periodo de rebajas libre: aunque se recomienda en verano e invierno. |
Art.37.- Exclusiones del horario comercial general | |
Art.38.- “Municipios turísticos”- criterios para determinarlos | |
Art.11.- Posible área de degustación con un límite del 33% del espacio en comercios dedicados a la venta de productos de alimentación, con un máximo de 30 metros cuadrados. |
Adjuntamos link a la ley: Ley 18/2017, de 1 de agosto, de comercio, servicios y ferias.