Con la futura aprobación de la Ley de Autónomos, entre otras medidas nuevas que se establecerán será que, los autónomos, en situación de pluriactividad, ya no tendrán que solicitar la devolución del exceso de cotización a la Seguridad Social.
La situación de pluriactividad es, la situación laboral en la cual un trabajador por cuenta propia y/o ajena, cuyas actividades, dan lugar a su alta obligatoria en dos o más Regímenes distintos del Sistema de la Seguridad Social, donde lo más habitual es un trabajador que cotiza como trabajador asalariado en el Régimen General y como trabajador autónomo en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
Esta situación da lugar a los conocidos como excesos de cotización, que se producen cuando un trabajador ha abonado una cantidad mayor que la debida según las bases máximas de cotización de Seguridad Social, donde todas estas personas pueden reclamar la devolución del 50 por ciento del exceso de las cotizaciones, con el máximo del 50 por ciento de las cuotas ingresadas hasta el día 30 de abril del año siguiente.
Hasta ahora, esta devolución tenía que ser reclamada explícitamente por el propio trabajador ante la Tesorería General de la Seguridad Social, pues de otro modo se entendía que éste quería contribuir de forma voluntaria al sostenimiento de las arcas públicas.
No obstante, esta situación tan absurda será subsanada en el momento que se apruebe la Ley de Autónomos, y la cantidad se abonará al trabajador de forma automática por parte de la Seguridad Social sin que este tenga que presentar ninguna devolución de cuotas.