El cómputo del plazo de antelación incluye el día en que se remite la convocatoria, pero no el día en que se celebra la junta.

Real Decreto-ley 9/2024 medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social

El Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre, aprueba medidas urgentes en materia económica, tributaria, de transporte, y de Seguridad Social, y se prorrogan determinadas medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad social.

Puede acceder a la consulta integra del RD-L9/24, y a la nota de la Agencia Tributaria en los siguientes enlaces:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2024-26915

La Agencia Tributaria ha publicado una nota informativa, que resume las principales medidas con impacto tributario.

Por su general interés publicamos íntegramente la referida nota de la propia Agencia Tributaria, que trata los siguientes aspectos:

IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSÍCAS

  • Obligación de declarar
  • Deducción por obras de mejora de eficiencia energética en viviendas
  • Deducción por la adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible y puntos de recarga
  • Prórroga de los límites excluyentes del método de estimación objetiva
  • Imputación de rentas inmobiliarias

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES

  • Prórroga de la libertad amortización regulada en la disposición adicional decimoséptima de la Ley 27/2014, del Impuesto sobre Sociedades, “Libertad de amortización en inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables”

IMPUESTO SOBRE ACTIVIDADES ECONÓMICAS

IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO

  • Regímenes simplificado y de la agricultura, ganadería y pesca
  • Gasolinas, gasóleos y biocarburantes: condición de operador confiable

Igualmente, el Real Decreto-ley 9/2024, prevé medidas en relación con las pensiones, estableciendo un incremento para el 2025 del 2,8% para las prestaciones públicas, con un límite cuantitativo de máximo de 3.267,60 euros.  El ingreso Mínimo Vital, se fija en los 14.952,00 €, incrementándose en 3.646, € por cada hijo a cargo a partir del cuarto.

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