Consulte el PDF
A continuación, detallamos los sujetos obligados a presentar las declaraciones de inversiones exteriores: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión extranjera en empresas españolas y Memoria Anual relativa al desarrollo de la inversión española en empresas extranjeras.
Modelo D4: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión en sociedades españolas con participación extranjera en su capital y sucursales.
Plazo de presentación: máximo 9 meses desde el cierre del ejercicio social. Si el ejercicio social se cierra el 31 de diciembre finaliza el plazo para su presentación el 30 de septiembre.
Deben presentarlo:
- Las sociedades españolas con capital o fondos propios superiores a 3.005.060,52 euros cuando la participación total de no residentes sea igual o superior al 50% del capital o si un solo inversor no residente tiene una participación igual o superior al 10% del capital o del total de los derechos de voto.
- Las sociedades españolas “holdings” o sociedades tenedoras de acciones de sociedades españolas o extranjeras (ETVE), independientemente de su cifra de capital social o fondos propios cuando la participación total de no residentes sea igual o superior al 50% del capital o si un solo inversor no residente tiene una participación igual o superior al 10% del capital o del total de los derechos de voto.
- Las sucursales en España de empresas extranjeras cualquiera que sea su cifra de capital o patrimonio.
Modelo D8: Memoria anual relativa al desarrollo de la inversión española en empresas extranjeras.
Plazo de presentación: 9 primeros meses de cada año (finaliza 30 septiembre).
Deben presentarlo:
- Los inversores residentes en sociedades extranjeras cuyo patrimonio neto sea superior a 1.502.530,27 euros, o su contravalor en la moneda en la que esté expresado el balance, y la participación del inversor en el capital o en el total de los derechos de voto sea igual o superior al 10%.
- Los inversores residentes en sociedades extranjeras cuya actividad sea la tenencia de participaciones en el capital de otras sociedades, cualquiera que sea la cuantía de la inversión.
- Los inversores residentes en sucursales en el extranjero cualquiera que sea la cuantía de la inversión.
© La presente información es propiedad de Escura, abogados y economistas, quedando prohibida su reproducción sin permiso expreso.