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El Ministerio de Sanidad ha publicado el sábado 21 de marzo de 2020, la Orden SND/265/2020, de 19 de marzo, de adopción de medidas relativas a las residencias de personas mayores y centros socio-sanitarios, ante la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
La Orden establece que los centros deben clasificar a los residentes con carácter urgente, y a más tardar en el plazo de un día desde que se publique esta orden, en cuatro grupos que denomina cohorte:
a) Residentes sin síntomas y sin contacto estrecho con caso posible o confirmado de COVID-19.
b) Residentes sin síntomas, en aislamiento preventivo por contacto estrecho con caso posible o confirmado de COVID-19.
c) Residentes con síntomas compatibles con el COVID-19.
d) Casos confirmados de COVID-19.
En el caso de que un residente presente infección respiratoria aguda leve, debe ser aislado del resto de residentes. Se trataría de un aislamiento individual.
En el caso de que haya más de un residente con infección respiratoria aguda leve, y no sea posible el aislamiento individual, puede recurrirse al aislamiento por cohorte.
En el caso de residentes con diagnostico COVID-19 confirmado, debe ser aislado del resto de residentes. Se trataría de un aislamiento individual.
En el caso de que haya más de un residente con infección confirmada por COVID-19, puede recurrirse al aislamiento por cohortes.
En cualquier caso, estos residentes, casos posibles o casos confirmados de COVID-19, deben mantenerse aislados del resto de residentes.
En el caso de que las condiciones del centro lo permitan, es preferible el aislamiento vertical o por plantas, como criterio de agrupación preferible para cada una de los grupos o cohortes.
El centro debe utilizar la sectorización de incendios ya definida como área de ubicación de cada uno de los grupos señalados, salvo que esto no sea posible por el tamaño de la residencia.
El centro deberá atender especialmente, el mantenimiento en la zona de aislamiento que le corresponda a aquellas personas deambulantes o errantes, con trastorno neurocognitivo, de manera que se le permita deambular sin que le resulte posible salir de esa zona de aislamiento, evitando la utilización de sujeción mecánica o química.
Entre otras cuestiones, la Orden también establece medidas para el diagnóstico de los casos de COVID-19, cuando establece que, con carácter general, y siempre que exista disponibilidad, deberá realizarse la prueba diagnóstica de confirmación a los casos que presenten síntomas de infección respiratoria aguda para confirmar posible infección por COVID-19.
Los centros deberán ponerse en contacto con el centro de Atención Primaria asignado, que actuará de forma coordinada con el médico de la residencia si se cuenta con este recurso. Tras una primera valoración del caso y si presenta síntomas leves, el paciente permanecerá en aislamiento en la residencia garantizando que se realiza seguimiento del caso. No obstante, si se cumplen criterios de derivación a un centro sanitario, se activará el procedimiento establecido para tal efecto.
La Orden también establece medidas relativas a los trabajadores. Concretamente, dice que, en la medida de lo posible, se debe reducir al mínimo el número de trabajadores en contacto directo con un residente afectado por un caso posible o positivo de COVID-19, así como el tiempo de su exposición.
Los trabajadores deben ser asignados a cada uno de los grupos o cohortes de residentes, garantizando que sean los mismos los que interactúen en los cuidados de cada uno de estos grupos. No se deben producir rotaciones de personal asignado a diferentes zonas de aislamiento.
Consulte el texto completo de la Orden en:
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-3951
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