El 30 de diciembre, el Consejo General de Colegios Oficiales de Farmacéuticos ha publicado una nueva Circular (984/2015) que recoge la respuesta a la consulta vinculante que el Consejo General dirigió al Ministerio de Hacienda sobre la aplicación a las farmacias en régimen de SCP de la modificación del régimen fiscal de la Ley sobre el Impuesto de Sociedades y del IRPF que propone la tributación de las SCP por el Impuesto de Sociedades otorgándoles personalidad jurídica propia.
En la línea de lo ya apuntado por este despacho en la Jornada celebrada el pasado 25 de noviembre, al ser contrario a la normativa reguladora de las oficinas de farmacia que la titularidad-propiedad pueda recaer en entidades con personalidad jurídica propia, Hacienda está trabajando en un procedimiento de adaptación de las oficinas de farmacia que se gestionan a través de una SCP, las cuales, parece que continuarán sin personalidad jurídica propia pero con un nuevo NIF.
En cualquier caso, esté previsto que el próximo día 11 de enero el Consell de Col·legis de Farmacéutics de Catalunya se reúna con una Delegación especial de l’Agència Tributària de Catalunya a los efectos de ultimar el procedimiento a seguir para que las farmacias en régimen de SCP puedan adaptarse a la anunciada reforma fiscal.
En el siguiente link pueden acceder a la consulta vinculante de la Dirección General de Tributos sobre la aplicación a las farmacias del artículo 7, apartado 1, letra a) de la Ley del Impuesto sobre Sociedades:
Como siempre, os mantendremos puntualmente informados de todo lo que acontezca al respecto.