Con las medidas aprobadas el pasado 21 de junio de 2017 en el Congreso de los Diputados, la nueva Ley de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo queda perfilada para ser aprobada de manera definitiva durante el próximo mes de julio. La nueva Ley, tendrá como principal objetivo mejorar las condiciones de los trabajadores autónomos, contando con las siguientes novedades:

  • Ampliación de la tarifa plana. Ampliación de 6 meses a un año el periodo de tarifa plana de 50 euros mensuales para nuevos trabajadores autónomos. Por otro lado, se podrá reiniciar el negocio con esta misma cuota después de 2 años de inactividad, en vez de los 5 años que hacían falta hasta ahora.

 

  • Compatibilidad total con la pensión de jubilación. Los autónomos con empleados podrán trabajar y cobrar el 100 por cien de la pensión de la jubilación. Los trabajadores autónomos en edad de jubilación que tengan trabajadores contratados y quieran seguir con su actividad, podrán cobrar la totalidad de su pensión, en vez del 50 por ciento como hasta ahora.

 

  • Más flexibilidad para darse de alta y de baja en la Seguridad Social. Los trabajadores autónomos se podrán dar de baja y de alta hasta tres veces por año y empezarán a pagar desde el día exacto en que se den de alta.

 

  • Bonificaciones compatibles con la contratación de asalariados. El empresario mantendrá la ayuda en la cotización y la tarifa plana aunque contrate trabajadores.

 

  • Reducción del recargo por deudas de cotización. El recargo durante el primer mes de retraso pasará del 20 por ciento al 10 por ciento.

 

  • Ayudas a la conciliación. Las mujeres que quieran ser madres no pagarán cotizaciones durante un año para poder tener cura de sus hijos. Además, cuando se quieran reincorporar a su actividad, pagarán una cuota reducida de 50 euros mensuales durante un año.

 

  • Deducción de 12 euros diarios por dietas. Para cubrir los gastos de comer cuando el autónomo se vea obligado a comer fuera de casa. Tendrán que ser consumiciones en días laborables y abonadas con medios telemáticos, de forma que se pueda comprobar el día, lugar e importe.

 

  • Deducción del 20 por ciento de los suministros. Afecta al consumo de electricidad, agua y teléfono de los autónomos que trabajen desde casa.

 

  • Reconocimiento de los accidentes in itinere. La Seguridad Social protegerá los autónomos que tengan accidentes durante el desplazamiento de casa al trabajo o viceversa.

 

  • Derecho a formación subvencionada. Los autónomos podrán beneficiarse de cursos de formación adaptados a sus necesidades. La partida destinada a estos cursos se fijará anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado.

 

  • Mayores facilidades para el cambio de la base de cotización. Se podrá modificar hasta cuatro veces las bases de cotización al año, hecho que permitirá tener una mejor correlación entre la evolución del negocio y la cotización.

 

  • La base de cotización de los propietarios y directivos se desvincula del Salario Mínimo Interprofesional (SMI). Con esta medida, se pretende romper la relación existente entre los aumentos porcentuales de las bases de cotización de estos autónomos, con los incrementos del Salario Mínimo Interprofesional.

 

  • Bonificación de cotizaciones por la contratación de familiares. Los autónomos que contraten familiares de manera indefinida tendrán derecho a una bonificación total de las cotizaciones a la Seguridad Social.

 

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