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Mediante la presente circular ESCURA les informa que el pasado 1 de julio de 2021 entró en vigor el denominado “paquete IVA de comercio electrónico”, una normativa europea que incorpora cambios en la fiscalidad del comercio electrónico y que influyen en la forma en que harán el pago del IVA por los productos que se adquieren.
La aprobación de dicha normativa implica que todos aquellos productos con un valor no superior a 150 euros comprados a través de Internet y que son enviados desde fuera de la Unión Europea están sujetos a IVA, como viene sucediendo con los artículos de mayor importe.
La normativa europea ha previsto sistemas de recaudación que evitan al consumidor el tener que realizar obligaciones formales con la Aduana. En la mayoría de los casos, para compras inferiores a 150 euros, serán los propios portales de internet, o los operadores que introduzcan las mercancías en nuestro país, quienes se encargarán de ingresar el IVA que los consumidores tienen que pagar.
Los mecanismos previstos por la Unión Europea para evitar molestias y trámites al consumidor son los siguientes:
- Mediante un sistema de ventanilla única (sistema IOSS), los portales de internet pueden ingresar el IVA correspondiente a las ventas en las que sean intermediarios. En este caso, el comprador no tiene que hacer nada y el precio que satisfaga por la compra será un precio cerrado sin que exista ningún otro gasto posterior sobrevenido en concepto de IVA y trámites en la Aduana.
- Si la compra se realiza en un portal de internet que no participa en el sistema anterior, las empresas que introduzcan las mercancías en nuestro país serán las encargadas de ingresar las cuotas de IVA correspondientes. El consumidor tampoco tendrá que hacer trámites adicionales, pero sí es muy posible que no le hagan entrega del paquete sin que antes satisfaga a la empresa transportista el 21% del precio del bien (así como quizá ciertos gastos de gestión).
Es importarte que el consumidor preste especial atención a las condiciones de compra del portal donde adquiera sus productos para comprobar si el precio ofertado ya incluye el IVA y los gastos de gestión.
En el siguiente enlace puede consultar la normativa publicada sobre esta materia en la página de la Administración Tributaria:
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