Operaciones vinculadas: Documento normalizado
La normativa sobre operaciones vinculadas establece que las sociedades que han realizado operaciones vinculadas y superan el importe de 250.000€ en el mismo ejercicio y misma entidad vinculada tiene que mantener a disposición de la Agencia Estatal de Administración Tributaria la documentación específica, conocida como Informe de Precios de Transferencia, para justificar y demostrar que las operaciones realizadas con entidades vinculadas están valoradas a precio de mercado y no tienen un trato distinto por el mero hecho de ser vinculadas.
En el caso de las entidades de reducida dimensión, tienen la posibilidad de cumplir las obligaciones de documentación de precios de transferencia de una manera más sencilla sin la necesidad de confeccionar informes: la presentación del documento normalizado (modelo FOV). La presentación del documento normalizado se realiza previamente a la presentación del Impuesto sobre Sociedades.
Las empresas que pueden presentar el modelo FOV son las empresas consideradas de reducida dimensión por el artículo 101 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, es decir, el importe neto de la cifra de negocios debe ser inferior a 10 millones de euros. Además, la cifra de negocios del conjunto de entidades pertenecientes al grupo también tiene que ser inferior a 10 millones de euros.
Este modelo informa de las operaciones vinculadas que el contribuyente ha realizado durante el ejercicio fiscal, reduciendo las obligaciones de documentación. Con la presentación del documento normalizado se cumplen las obligaciones de documentar estas operaciones establecidas en el artículo 18 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades y se evitan las sanciones derivadas por la falta de documentación.
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