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En fecha 11 de marzo de 2020 ha entrado en vigor el Real Decreto-ley 6/2020, de 10 de marzo, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en el ámbito económico y para la protección de la salud pública en el que, bajo su artículo cinco, se ha establecido la consideración excepcional como situación asimilada a accidente de trabajo de los periodos de aislamiento o contagio de las personas trabajadoras como consecuencia del virus COVID-19.

Para ello, aquellos trabajadores -tanto por cuenta ajena como por cuenta propia- en situación de aislamiento preventivo o contagio de las personas trabajadoras serán consideradas en situación asimilada a accidente de trabajo, viniendo, la duración del periodo de incapacidad temporal, determinada por el parte de baja expedido con la correspondiente alta. No obstante, y a pesar de que la duración de la incapacidad temporal computará su periodo a partir del correspondiente parte de baja, el hecho causante podrá ser anterior a la expedición de la baja, siendo determinante el día en que se acuerde el aislamiento o la enfermedad del trabajador.

https://www.boe.es/boe/dias/2020/03/11/pdfs/BOE-A-2020-3434.pdf

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