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Bufete Escura les informa mediante la presente Nota Informativa del programa de ayudas que el Ayuntamiento de Barcelona ofrece a aquellos empadronados que han iniciado recientemente una nueva actividad económica como autónomos o como socios de cooperativas de trabajo asociado.

Requisitos:

  • Inicio de nueva actividad económica a partir del 1 de enero de 2015.
  • Alta fiscal en Barcelona como empresarios individuales.
  • Empadronados en Barcelona al menos tres meses antes del alta fiscal.
  • Estar en el paro antes del inicio de la actividad.
  • No haber constado en el RETA por la misma actividad en el año anterior a la fecha de alta.
  • Estar al corriente de las obligaciones tributarias.

La cuantía de la subvención se calculará según los gastos justificados en el momento de la solicitud, con los siguientes máximos:

  • 600 € para personas entre 31 y 39 años.
  • 000 € para personas hasta 30 años o a partir de 40 años.

Gastos subvencionables:

  • Cuotas de la Seguridad Social.
  • Impuestos relacionados con el inicio de la actividad económica y el primer establecimiento.
  • Gastos de gestoría y asesoramiento.
  • Alquiler de locales o despachos afectos fiscalmente a la actividad.

La fecha límite para la entrega de la solicitud es el 30 de noviembre y puede aportarse:

  • O por Internet, con certificado digital desde el Portal de Trámites del Ayuntamiento de Barcelona a través del siguiente link:

https://w30.bcn.cat/APPS/portaltramits/portal/channel/default.html?&stpid=20160001218&style=empresa&language=ca

Pueden consultar el texto íntegro de la ficha de este programa de ayudas a través del siguiente link:

http://empresa.barcelonactiva.cat/empresa/cat/serveis/fitxes/pagina41731.jsp