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El Congreso de los Diputados ha acordado modificar y derogar la disposición adicional segunda del Real Decreto Ley 463/2020, que acordaba la suspensión de los plazos procesales.
En consecuencia, se establece a partir del próximo 4 de junio la reanudación de los plazos judiciales.
Asimismo, en cuanto a los plazos administrativos, los mismos se reactivarán el 1 de junio de 2020.
Debemos recordar que una vez se alce la suspensión los plazos procesales volverán a computarse íntegramente desde su inicio, sin tener en cuenta los días transcurridos antes de la declaración.
Puede consultar la resolución dictada en el siguiente enlace:
https://www.escura.com/wp-content/uploads/2020/05/Consejo-de-Ministros.pdf
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