
Proceso obligatorio de Solución Amistosa previo a una Demanda judicial
Medio Alternativo de Solución de Conflictos
Aunque ya existían medios alternativos de solución, como la mediación o la conciliación, con la entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025, a partir del 3 de abril de 2025, cuando un ciudadano quiera demandar a otro en un proceso civil o mercantil, será obligatorio que realice un intento de solución amistosa antes de iniciar el proceso judicial.
Este procedimiento se conoce como MASC (Medio Alternativo de Solución de Conflictos) y se convierte en un proceso previo obligatorio antes de acudir a los tribunales.
La ley busca que los MASC sean una vía para resolver disputas sin recurrir al proceso judicial tradicional, reduciendo la sobrecarga de los tribunales, minimizando los conflictos y asegurando la sostenibilidad del servicio público de justicia.
Sin embargo, no todos los conflictos son susceptibles de resolverse mediante estos medios. Quedan excluidos en la ley asuntos como los vinculados a la violencia de género, procesos de familia, ejecuciones de sentencias o peticiones de medidas urgentes, entre otros.
Es importante destacar que, a partir del 3 de abril de 2025, la presentación de una demanda deberá ir acompañada de documentos que acrediten, como mínimo, haber intentado previamente la actividad negociadora, bajo pena de inadmisión de la demanda.
Entre los diferentes medios de MASC regulados en la ley se encuentran:
- Conciliación privada: cuando un profesional con conocimientos técnicos o jurídicos intenta el acercamiento entre las partes y puede certificar que se ha intentado.
- Oferta vinculante confidencial: cuando se formula una propuesta de solución, en cuyo caso el ofertante queda obligado si la contraparte acepta de forma expresa e irrevocable.
- Proceso colaborativo: cuando las partes buscan alcanzar una solución consensuada con el apoyo de abogados especializados o terceros neutrales y pueden acreditar haberlo intentado.
- Mediación: regida por la Ley 5/2012, que ofrece un marco específico para la resolución de conflictos de manera amistosa.
- Otros medios: cualquier actividad encaminada a intentar una solución que pueda acreditarse y permita conseguir una solución, según las particularidades de cada caso.
Por último, la ley establece plazos precisos entre el intento de negociación y la interposición de la demanda, que varía según los casos. Por ejemplo, no puede interponerse una demanda antes de 30 días desde el envío de una propuesta de negociación, en caso de no recibir respuesta.
En Escura ya hemos implantado en nuestros procesos previos a la interposición de las acciones judiciales, el nuevo proceso (MASC), alineado con la innovación normativa.
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